Puedo usar la piscina si no pago la comunidad

A la pregunta de si puedo usar la piscina si no pago la comunidad, al ser una zona común, un servicio comunitario, todos los propietarios/as están obligados a contribuir económicamente en su mantenimiento según su cuota de participación (podrían darse casos de excepción en los Estatutos comunitarios por no uso debido, principalmente, a motivos de salud previa votación en Junta extraordinaria). Ahora bien, en el caso de algún tipo de morosidad, el uso de la piscina u otras zonas e instalaciones comunes, la situación adquiere nuevos tintes que dependerán de varios factores.

¿Puedo usar la piscina si no pago la comunidad? Respondemos a la pregunta a continuación

Jurisprudencia, zonas comunes y obligaciones de los propietarios/as

Fuera de los casos donde quede acreditado que por motivos de salud, vejez, enfermedad, etc, un vecino/a no hace uso de, en este caso, la piscina de la comunidad, la ley y la jurisprudencia consideran que todo propietario/a debe contribuir al mantenimiento de esta y demás instalaciones y zonas comunes de la finca. En caso de impago de las cuotas mensuales, trimestrales o anuales de la comunidad, habría que denunciar (iniciar un proceso monitorio) a la persona morosa para que sean los tribunales quienes sentencien en su contra y le obliguen a responder de las deudas contraídas. Pero sin esa intervención judicial, la comunidad no podrá negar el uso y disfrute de la piscina a una persona que no pague sus cuotas.

Sin embargo, existe jurisprudencia en nuestro país en contra de lo expuesto. Audiencia Provincial de Valencia, en sentencia del 13 de mayo de 2016:

«(…) ponderando todos los intereses en conflicto, como son el uso de unos elementos comunes de carácter accesorio y la necesidad de contribuir a su sostenimiento, estimamos que privar temporalmente del uso de un elemento común de carácter accesorio, como puede ser el uso de las zonas deportivas, esto es, club social, gimnasio, sauna/jacuzzi, piscinas y pádel, cuando concurre una causa objetiva y justificada, como es no contribuir a su mantenimiento, por su similitud a los supuestos analizados en el art. 17 LPH, no puede entenderse como un acuerdo contrario a la Ley ni a los Estatutos, sino como un acuerdo que queda en el ámbito de las Normas de Régimen interior (…)».

El tribunal entendió que la prohibición de usar la piscina no vulneraba el derecho de propiedad, sino que en cierta medida lo limitaba temporalmente hasta que el denunciado cumpliese con sus obligaciones económicas con la comunidad.

Apoya esta visión la resolución de la DGRN del 23 de octubre del 2012, que determina que elementos comunes como la piscina o pistas deportivas (pista de tenis) no son actividades esenciales en materia de habitabilidad del inmueble, y se define, por tanto, como totalmente prescindibles si llegase el caso.

No obstante, otras sentencias como la publicada por la AP Alicante, Sección 5ª, del 21 de marzo de 2013, abogan por lo contrario en lo que respecta a la duda de si puedo usar la piscina si no pago la comunidad.         

Motivos que impiden la prohibición de uso de la piscina

La ley de Propiedad Horizontal sólo establece dos supuestos de privación de derechos para un vecino/a que no esté al día de sus pagos como propietario/a en la finca:

  • No votar en las Juntas
  • No poder impugnar

Sin embargo, si se pudiese definir una prohibición al uso de la piscina si no se paga la comunidad, dicha prohibición debería ser incluida en los Estatutos de la finca. Y para ello, se necesitaría el acuerdo unánime de todos los propietarios/as, incluido aquel que no esté pagando las cuotas. Porque al ser un acuerdo por unanimidad, según el artículo 15.2 LPH, el vecino/a moroso sí que tendría derecho a votar, y nunca lo haría en su contra.

Además, si finalmente se prohíbe al propietario/a que no paga su acceso a la piscina de la finca, habría que tomar una serie de medidas para que así fuese. Pero, ¿cómo hacer que se cumplen?

Conclusiones

A la pregunta de si puedo usar la piscina si no pago la comunidad, la respuesta es sí, aunque es inexorable el cumplimiento de las obligaciones económicas para con la comunidad. Si no hay voluntad por parte del inquilino/a, sólo existe una vía para cobrar los recibos pendientes de pago, y es acogerse a la propia ley de Propiedad Horizontal para ir en contra del propietario/a moroso con una reclamación judicial, tal y como sale reflejada en su artículo 21. Diferencia aquí entre propietario/a e inquilino/a. La denuncia siempre contra el primero, no contra el segundo.

Cualquier duda al respecto, nuestro despacho está a vuestra disposición para un primer asesoramiento totalmente gratuito.

37 comentarios en «Puedo usar la piscina si no pago la comunidad»

  1. ¿Las cuotas de la piscina de la comunidad de vecinos tienen que ser iguales para todas las viviendas?

    Es decir, si en una vivienda vive una sola persona, y en otra viven 5 personas, y según se ha acordado en votación, se van a dar tantas entradas como número de personas viven en cada vivienda, más dos invitaciones para gente ajena a la comunidad. ¿Tiene que pagar la misma cuota la primera vivienda con sus 3 entradas, que la segunda vivienda que le dan 7 entradas a la piscina? ¿No es discriminatorio si pagan las mismas cuotas?

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    • Buenos días Luis,

      Respecto a tu consulta, te trasladamos que el reparto de cuotas se aprueba mediante junta de propietarios. Son los vecinos quienes decidís el formato oportuno. Hay dos formas de distribución (mediante coeficientes o a partes iguales).

      Un saludo.

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  2. Hola buenos días, mi pregunta es:

    Si se da la situación de que un propietario tiene una deuda con la comunidad (pongamos que ha estado 6 años sin pagar) pero desde hace varios años atrás se volvieron a pagar las cuotas mensualmente, se tiene el derecho de quitar los carnets de la piscina comunitaria y prohibirles el acceso?

    Gracias.

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  3. Buenos días, en mi urbanización hay una piscina privada que funciona con participaciones y este año alquilan bonos por un precio desorbitado. No me dejan adquirir participación porque no hay, pero si alquilar. Al estar en el espacio común de la urbanización tengo algún derecho? Cómo exigir que me vendan una participación o que alquilen bonos a un precio razonable?

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    • Buenos días Patricia,

      Creemos que para poder asesorarte adecuadamente deberíamos poder revisar y analizar los estatutos comunitarios y el título constituivo.

      Un saludo.

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  4. Buenos días
    En mi caso se me embargo a primero de año de 2021 desde entonces no uso la piscina mi pregunta es por el tiempo que no la estoy usando se me debe de devolver el importe por no aver usado esa zona común tengo entendido que si pero quiero otra opinión muchas gracias

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    • Buenas tardes Salvador,

      Antes de responderte, pedirte disculpas por la demora en la respuesta. En agosto no hemos tenido al equipo responsable de las respuestas a los usuarios/as al completo.

      Sobre tu consulta, las cuotas se giran con independencia del uso de elementos comunitarios. No por un menor uso se paga menos.

      Un saludo.

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  5. Buenos días, nosotros, supuestamente somos dos edificios,en el nuestro no hay ascensor ni piscina… pero pagamos por ello(mucho) porq en el otro edificio hay,se puede reclamar?

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    • Buenos días Begoña,

      Comentarte que necesitaríamos tener acceso al título constitutivo y estatutos comunitarios a fin de poder revisar la situación y normativa interna aplicable.

      No podemos ayudarte sin ello.

      Un saludo.

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  6. Estoy alquilada y mi propietario tiene deuda con la comunidad , ahora los propietarios han votado que todos los que tengan deudas no pueden hacer uso de la piscina. Según la nueva ley aprobado ahora. Que puedo hacer en ese caso?

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  7. Yo soy inquilina en una urbanización privada con piscina, y los pagos de la comunidad lo debe ha er el propietario. El caso es que no paga las cuota de la comunidad y ahora me prohíben a mi el acceso a la piscina cuando yo pago mi alquiler. Esto es legal? Me dicen que tengo que reclamarse yo al propietario

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    • Buenos días Cristina,

      El hecho de que el propietario no pague su cuota, no habilita a la comunidad para prohibirte hacer uso de elementos comunitarios.

      Un saludo.

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    • Buenas, estoy pagando las cuotas de la comunidad religiosamente pero no puedo hacer uso de las piscinas al no tener acceso para minusvalidos ni acondicionamiento de los servicios como duchas baños y menos aún el acceso al agua de la piscina. ¿ Tengo oblitoriedad de pagar los recibos de la comunidad sino puedo usar las piscinas por motivos ajenos a mi ?

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      • Buenos días Luis,

        Hacerte llegar que efectivamente tienes cierta obligación. Recomendamos exponerlo y solicitarlo en junta de vecinos.

        Un saludo.

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  8. Soy propietaria en una comunidad de vecinos desde el 2004 y jamás hemos dejado a deber ninguna cuota. Pero por x problemas nos hemos visto en la situación de no poderla pagas. Mi hijo de 15 años a ido a recoger los carnets y se han negado x no estar al corriente de pago. Hasta ahí de acuerdo.me he puesto en contacto con la comunidad para ofrecerles firmar un compromiso de pago de una cuota inicial de 600€ en julio y otra de 200 en agosto, y su respuesta ha sido que hasta que no pague la totalidad no se me darán los carnets. Mi pregunta es si puedo mandarles un buró fax con dicha propuesta de pago y recordarles que la ley no ampara dicha práctica cuando se considere abusiva y desproporcionada. Ante un juez podré demostrar mi intención de pago y ellos si mala fe?gracias

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    • Buenos días Laura,

      No entendemos bien el contenido de tu correo. Cuando haces referencia a carnets ¿a qué te refieres? ¿Qué limitaciones habéis tenido?

      Un saludo.

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      • Perdón, no me he explicado bien. Me refiero a los carnets anuales que da la comunidad para el uso de la piscina comunitaria. Hoy he ido a pagar 4 cuotas pendientes, 319€ en total, quedando una deuda aun de 477€ ,la cual me he comprometido a pagar en dos meses, quedando en septiembre todo al corriente de pago, y aún así se han negado a darme los carnets. Esta medida me parece desproporcionada, pues no me estoy poniendo al pago de la deuda. Mi respuesta hacia la administración ha sido que mi hijo de 15 años va a seguir haciendo uso de la piscina, ya que con ello no estoy cometiendo ningún delito tipificado en el código penal y que esto en tal caso es una cuestión civil y no me pueden impedir policialmente el acceso a la piscina.

        Mi duda es si debería mandar un burofax a la administración reconociendo la deuda con un compromiso de pago y exponer todo esto por escrito para q conste que voy a hacer uso de la piscina sin que puedan perjudicarme en ningún caso. Y sobre todo que consecuencia puede suponer mi postura. Gracias

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          • Y que puedo hacer para que me den los carnets de la piscina, ya que la administración se niega a darmelos pese a todos los argumentos que les he presentado. Se basan en q la nueva ley de propiedad horizontal si permite la prohibición a los vecinos que no están al corriente de pago el uso de la piscina. Gracias

          • Buenos días Laura,

            En tal caso, te recomendamos solicitar el carnet por escrito mediante reclamación formal. En caso de que no te los entreguen, deberías plantearte interponer una reclamación de obligación de hacer.

            Un saludo.

  9. Buenos dias

    Soy inquilino de una vivienda en cuya comunidad tenemos piscina. llevo 8 años pagando mi alquiler religiosamente y este año me dicen que no puedo hacer uso de la piscina porque el propietario debe varios recibos de la comunidad. Y la comunidad ha aprobado en junta la privación temporal del uso de servicios o instalaciones, según dicen, expone la Ley de Protección Horizontal en el artículo 21.
    Quisiera saber si esta ley afecta también al inquilino que esta al día con sus pagos

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  10. La propiedad en la que resido tiene una deuda de 850€ del año 2016 y 2018 esta deuda habría prescrito?.
    Pues no nos dejan hacer uso de la piscina .
    Muchas Gracias

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  11. Buenos días,
    La Cominidad de Vecinos por impago, ahora este mes, deciden prohibir la entrada a la piscina hasta que se esté al día con los pagos.

    Como cualquier otro servicio al
    ser retirado, bloqueado, etc… se debe lo anterior, pero de ahí en adelante no deberian cobrarme por un servicio que no se me dá por prohibición.

    Ej. La luz, el teléfono, etc… no siguen cada mes acumulando deuda si ya no tienes luz ni línea telefónica. Por que cuando cancele todo lo anterior, no me van a “devolver” de alguna manera los servicios que me han prohibido, que no he usado. Y encima cobrarme X por ciento de recargo por morosidad sobre lo mismo explicado anteriormente.

    Si no quieren que se entre a la piscina, puedo estar medianamente de acuerdo y/o lo entiendo. Ahora. Mi pregunta es la siguiente:

    – ¿De verdad me han de seguir cobrando ese servicio que no dispongo?
    – ¿Puedo reclamar que descuenten lan parte proporcional de ese servicio, para no seguir generando más deuda?
    – ¿Se hace primero vía personal antes de… o ya directamente desde denuncia o lo que sea a los juzgados?.

    Gracias 🙏

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  12. Buenas tardes,
    Estoy al corriente de cuotas de comunidad. Quieren remodelar la piscina, dejarla más pija. Mi pregunta es ¿Puedo negarme a pagar esta obra no imprescindible y seguir utilizando la piscina?

    Muchas gracias

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  13. Hola buenas tardes mi pregunta es los vecinos de mi comunidad me pueden prohibir usar la Picina porque debo un par de recibos de la comunidad pero es de una derrama que yo dije en la reunión que pagaría poco a poco solo debo de la derrama no del pago de la comunidad

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