Normativa buzones comunidad vecinos: ¿La conoces?

Otra de las áreas comunes que en ocasiones genera controversias (pocas, eso sí) entre vecinos es la de los buzones. Muchas personas se preguntan si existe una normativa de buzones en la comunidad de vecinos, porque nadie les ha dicho nada al respecto y no saber bien cómo funciona. ¿Tienen que estar obligatoriamente a la entrada del edificio? ¿Se tienen que especificar sí o sí los datos de las personas que viven o sólo del propietario/a o inquilino/a? Y así, otras muchas consultas que asaltan a los usuarios.

Vamos a tratar de responderlas en el siguiente artículo, y si seguís con dudas, nos dejáis un comentario en el propio artículo y uno de nuestros letrados especialistas en Propiedad Horizontal os la responderá lo más rápido posible.

Normativa buzones comunidad vecinos

La principal normativa referente a los buzones de la comunidad es de índole europea. El antecedente es la ley 24/1998 del Servicio Postal, que un año más tarde se consolidó en un reglamento obligatorio, el Real Decreto 1829/1999, donde se especifica el uso y tratamiento de los buzones en las comunidades de propietarios. Como decimos, la norma sigue unas directrices específicas a nivel europeo que es la normativa UNE-EN 13724 del 30 de mayo del 2003. Tal reglamentación se publicó en el BOE y por consiguiente se convirtió en el único referente normativo referente a los buzones en el sector.

La normativa especifica cómo deben ser los buzones, qué medidas tienen que tener, los requisitos en forma y diseño, materia de confidencialidad, resistencia a la corrosión, resistencia a la penetración del agua, seguridad ante el robo y la colocación de los buzones.

Añadir que los buzones son elementos privativos. Es decir, no pertenecen a la comunidad, pero son privativos y tienen que tener las mismas características.

En cuanto a otras normativas de buzones en la comunidad de vecinos que tenemos en España dentro del marco de la Propiedad Horizontal, hay menciones por supuesto en ellas. Por ejemplo:

  • Ley de Propiedad Horizontal (LPH): Aunque no dedica un apartado específico a los buzones, la LPH sí establece que las instalaciones comunes, como los buzones, deben ser objeto de mantenimiento y conservación.
  • Normativa municipal: Algunos ayuntamientos también pueden tener normativa específica sobre los buzones, como la ubicación, las dimensiones o los materiales.

Aspectos concretos normativa buzones comunidad de vecinos

Entramos algo más en detalle sobre algunos de los aspectos más importantes de la normativa sobre buzones en comunidades de vecinos:

Ubicación

Los buzones deben estar ubicados en un lugar accesible y visible para todos los propietarios.

La ubicación no debe dificultar el acceso a otros elementos comunes, como las puertas o las escaleras.

Dimensiones

Los buzones deben tener un tamaño suficiente para que puedan caber cartas y paquetes de tamaño estándar.

Las dimensiones mínimas recomendadas son de 324 x 229 x 40 mm (alto, ancho, fondo).

Materiales

Los buzones deben ser de un material resistente a la intemperie y a los golpes.

Los materiales más comunes son el metal, el plástico y la madera.

Mantenimiento

La comunidad de propietarios es responsable del mantenimiento y la reparación de los buzones.

Esto incluye la limpieza, la sustitución de las cerraduras y la reparación de cualquier daño.

Normativa buzones individuales en la comunidad

Normativa específica para buzones individuales:

  • Si un propietario desea instalar un buzón individual en su puerta, deberá solicitar autorización a la comunidad de propietarios.
  • La comunidad de propietarios puede denegar la autorización si el buzón no cumple con la normativa o si afecta a la estética del edificio.

Prácticas recomendadas relativa a los buzones

Además de la normativa, también hay algunas buenas prácticas que se recomienda seguir en relación con los buzones:

  • Identificar los buzones: Cada buzón debe estar claramente identificado con el nombre del propietario.
  • Mantener los buzones cerrados: Los buzones deben estar siempre cerrados para evitar que se pierda o se deteriore la correspondencia.
  • No depositar objetos voluminosos: No se deben depositar en los buzones objetos voluminosos que puedan dañarlos o dificultar la entrega de la correspondencia.
  • Respetar el espacio de los demás: No se debe colocar publicidad o cualquier otro objeto en los buzones de los demás propietarios.

Conclusiones

Ya conocemos todo lo necesario para entender la normativa buzones en la comunidad de vecinos. A diferencia de lo que muchos han pensado hasta hora, el área de la correspondencia y cada uno de los buzones individuales han de seguir unas directrices macadas a nivel europeo. Es decir, no podemos cada uno de nosotros/as elegir un depósito de correspondencia como queramos, y sin tener en cuenta a la comunidad.

No es un cuestión la de los buzones en las comunidades que genere demasiada controversia y conflictos entre vecinos, pero es siempre recomendable conocer las normativas pertinentes al respecto para no caer en discusiones absurdas y mantener la buena convivencia comunal.

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