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Somos abogados con amplia experiencia en procedimientos administrativos sancionadores por el alquiler turístico ilegal de pisos sin licencia.

Si has recibido una carta del Ayuntamiento y te han abierto un expediente sancionador NO está todo perdido. Entre otros motivos, existen argumentos que podemos alegar y que reducirán e incluso dejarán sin efecto la sanción:

¡Te defendemos con garantías!

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Arrendamiento de vivienda para uso turístico en Catalunya

En Catalunya, la “normativa municipal” que regula el arrendamiento de viviendas para uso turístico es el Plan Especial Urbanístico de Alojamientos Turísticos (PEUAT).

Serán consideradas ilegales las viviendas turísticas que no hubieran comunicado con carácter previo el inicio de la actividad turística y no hubieran sido debidamente anotadas en el Registro de Turismo de Catalunya. Además, el arrendamiento de viviendas para uso turístico será ilegal cuando los Estatutos o el título constitutivo de la comunidad de propietarios del edificio prohibieran la actividad previa a la obtención de la licencia urbanística.

Las viviendas de uso turístico ilegal en Catalunya

Actualmente, el arrendamiento de pisos turísticos sin la pertinente licencia de actividad puede suponer elevadas multas económicas para los propietarios de las viviendas. Tanto es así que prestar servicios turísticos (arrendamiento de vivienda para fines turísticos) sin los requisitos estipulados en la Ley 13/2002, de Turismo de Catalunya, se cataloga como una infracción muy grave con multas que oscilan entre los 30.000 € y 600.001 €.

¿Te han notificado un procedimiento de inspección porque tu arrendatario subarrendaba el piso sin tu permiso ni consentimiento?

Nadie puede ser inculpado y responsabilizado de hechos u omisiones delictivas ajenas. La existencia de un contrato de arrendamiento para uso habitual suscrito entre el propietario y el inquilino exonera al propietario de cualquier responsabilidad en el arrendamiento de uso turístico ilegal.

Ninguna persona puede ser sancionada por hechos no imputables a su persona. En este sentido, se apela al principio de personalidad de las penas, según el cual nadie puede responder por delitos ajenos. En términos estrictamente legales aquel que por acción u omisión causará daño a otra persona, tendrá la obligación de reparar el daño ocasionado (art. 1902 del Código Civil).

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Abogados Propiedad Horizontal es una sección jurídica especializada en Derecho de Propiedad Horizontal; Derecho Inmobiliario & Arrendamientos. Nos avala una contrastada experiencia de más de 25 años y un amplio equipo de profesionales especializados en la materia.

Nos enorgullece poder afirmar que llevamos muchos años dedicados en cuerpo y alma a poner a disposición de los Clientes nuestro conocimiento, experiencia y compromiso. Uno

A lo largo de todos estos años hemos forjado una metodología de trabajo que se rige por:

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