Impugnación Acuerdos Comunidad de Propietarios
Abogados especialistas en Propiedad Horizontal y en la impugnación de acuerdos comunitarios
Somos un equipo legal especializados en Propiedad Horizontal y con acreditada experiencia en la materia, que conoce a la perfección cuando un acuerdo comunitario cumple los requisitos legales, o por el contrario, es susceptible de ser impugnado judicialmente.
¿Es posible impugnar los acuerdos adoptados en la Comunidad de Propietarios?
Los acuerdos de la junta de propietarios pueden impugnarse judicialmente en los siguientes casos:
- Si son contrarios a las leyes, al título de constitución o a los estatutos o si, dadas las circunstancias, implican un abuso de derecho.
- Si son contrarios a los intereses de la comunidad o son gravemente perjudiciales para uno de los propietarios.
¿Quiénes pueden impugnar un acuerdo comunitario?
Aquellos propietarios que hubieran votado en contra, los ausentes que se hubieran opuesto, y los que hayan sido privados ilegítimamente del derecho de voto.
Además, otro requisito legal para poder impugnar un acuerdo comunitario es estar al corriente de pago de las deudas para con la comunidad vencidas en el momento de adoptarse el acuerdo que se pretenda impugnar
¿Plazos legales para impugnar un acuerdo comunitario?
– Si son contrarios a las leyes, al título de constitución o a los estatutos o si, dadas las circunstancias, implican un abuso de derecho. PLAZO DE UN AÑO desde la notificación del acta.
– Si son contrarios a los intereses de la comunidad o son gravemente perjudiciales para uno de los propietarios. PLAZO DE TRES MESES desde la notificación del acta.
Más información aquí sobre cómo impugnar un acuerdo de la comunidad.
Principales requisitos que debe contener un acta comunitaria
- Debe constar la firma del Secretario y del Presidente.
- Fecha y lugar de celebración.
- Orden del día.
- La relación de personas que han asistido personalmente o por representación.
- El resultado de las votaciones respecto de las decisiones adoptadas.
¿Cuál es el plazo legal para notificar un acta comunitaria?
Es obligatorio enviar el acta a todos los propietarios de la comunidad en el plazo de diez días a contar desde el día después de la reunión de la junta de propietarios.
Quiero impugnar un acuerdo de Comunidad de Propietarios
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José Domingo Valls (3732)
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Rodrigo Valls (3507)
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Carla Martí (3644)
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Sergi Escudé (3667)
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Xavier Sangenís (3617)
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Pablo Gonzalez (3717)
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Teresa Raurell (3578)
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