Normativa en la instalación de gas butano en las comunidades

abogados propiedad horizontal consulta

Normativa en la instalación de gas butano en las comunidades

Tabla de contenidos

La normativa de regulación de las instalaciones de gas butano es el Real Decreto 919/2006 mediante las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITCs). En la página 40 de este RD quedan especificadas una serie de normas de seguridad y técnicas que los instaladores y dueños deben cumplir cuando se realiza la instalación de gas butano en una vivienda, ya sea para la calefacción, agua caliente o cocina.

Las bombonas de gas butano que tengan un peso por encima de los 3 kg y por debajo de los 15 kg, y cuya función vaya a ser suministrar el gas a las instalaciones receptoras en un domicilio, tienen que cumplir una serie de requisitos de seguridad:

1. Ubicación de la instalación

Se permite la instalación dentro y fuera de la vivienda, siempre que se cumplan todas las demás condiciones, ya sea en el jardín, azotea o balcón.

Las bombonas no se instalarán en casas con pisos más bajos que el suelo, como sótanos. Se pueden hacer excepciones, si así lo autoriza la Comunidad Autónoma.

2. Bombonas

Los envases con válvula de seguridad se tienen que colocar siempre en posición vertical, ya sean bombonas llenas o vacías.

Si existe una envase de reserva que no esté acoplado a la instalación, se debe colocar de manera obligatoria en un cuarto independiente de aquel donde se encuentre el envase en servicio.

3. Conexiones

En función de la norma UNE 60670-7, el técnico homologado tiene que realizar las conexiones a los aparatos de consumo y a la instalación receptora.

  • Si se instala en interiores, no se permite conectar dos bombonas en batería para un suministro de energía continuo.
  • Si se instala en el exterior, en un patio, balcón o jardín, y el aparato de consumo se encuentra dentro de la casa, se debe instalar una válvula universal de corte de gas de fácil acceso en el interior.

La regulación de presión desde el envase a los aparatos de consumo se realizará según la norma UNE 60670-4.

  • El regulador debe introducirse en la conexión entre el recipiente y el aparato de consumo modelo RC-30B (conexión con boquilla) o RC-30R (conexión con rosca).
  • Por otro lado, si el equipo ha sido homologado para trabajar bajo presión directa, deberá conectarse mediante tubería rígida (tubería con armadura).

4. Distancias con otros aparatos

Los envases deben mantenerse alejados de varias fuentes de calor directo. Por lo tanto, se deben observar las siguientes distancias de seguridad:

  • 1,5 m: Hasta lugares donde haya combustibles sólidos y líquidos y otras fuentes de calor. Por falta de espacio, dicha distancia se puede reducir hasta el medio metro.
  • 50 cm: Hasta tomas de corriente u otro tipo de conexión eléctrica.
  • 30 cm: Hasta hornillos, elementos de calefacción, interruptores y conductores eléctricos.

5. Almacenamiento

La capacidad total de almacenamiento no puede estar por encima de los 300 kg. Dicha cantidad sería el total de las capacidades unitarias de todas las bombonas, ya estén llenas o vacías.

Los armarios que se destinen a alojar los envases de gases licuados (GLP) sin conexión, menores de 15 kg, tienen que tener un espacio superior al de cualquier bombona.

6. Ventilación

Los armarios tienen que estar provistos en su base, o suelo inferior, de aberturas de ventilación permanente con el exterior del mismo.

En las instalaciones internas, se deben instalar las rejillas de ventilación necesarias para que el aire corra se evacúe de manera rápida cualquier fuga de gas. Ningún envase puede obstruir, parcial o totalmente, la superficie de ventilación

26 comentarios en «Normativa en la instalación de gas butano en las comunidades»

  1. Durante la revisión para el certificado quinquenal, el técnico de Repsol, requirió que para la cocina de gas butano, en lugar de la goma flexible entre el regulador y la toma de gas de la cocina, se use una goma o tubería rígida con válvula de corte en dicha goma o tubería rígida. Al respecto me surgen las siguientes dudas:
    Es correcto lo que indica el técnico de Repsol aplicando la normativa actual?
    Para qué es necesaria una válvula de corte si ya tenemos el regulador de la bombona y la ventilación necesaria en la cocina? hay que tener en cuenta que la cocina de gas no comparte bombona con ningún otro receptor de gas. La actual goma homologada, flexible, tiene una longitud aproximada de 1 mt.

    Responder
    • Hola, soy técnico de Repsol, la válvula de corte se pone cuando la bombona se va utilizar varios elementos, si una bombona va solo para un aparato no es obligatoria la instalación de la válvula de corte

      Responder
  2. En el patio interior de una vivienda (patio de 6 m x 6 m), un restaurante con salida a este patio, ha instalado 8 botellas ( de 35 Kg + 35 Kg cada una) de propano conectadas para los fogones de su cocina. Estas botellas están a menos de 3 metros de algunos dormitorios de las viviendas.

    ¿Está esto permitido?

    Dónde me puedo asesorar.

    Comunidad Autónoma de Valencia.

    Muchas gracias

    Responder
    • Buenas tardes Javier,

      Decirte que deberéis consultarlo con un técnico (arquitecto o ingeniero) que pueda revisar la ordenanza municipal oportuna.

      Un saludo.

      Responder
  3. Hola quisiera saber si el patio de luces tiene que estar hermeticamente cerrado o hay que dejar ventilacion al exterior, es un edificio de mas de 30 años y cerrado con uralita transparente.Gracias

    Responder
  4. Hola.
    Me gustaría saber si existe una nueva normativa de ventilación en cocinas con instalación de gas butano que obligue a tener una rejilla al exterior a ras de suelo y otra a 180 cm del suelo, también al exterior.
    Gracias

    Responder
    • Buenos días Mari Ángeles,

      Deberíamos revisar la ordenanza municipal de la localidad la cual resides al objeto de poder determinar la normativa aplicable.

      Un saludo.

      Responder
    • Buenos días José,

      Salvo que la instalación afecte a elementos comunitarios, NO es necesaria la autorización de la comunidad.

      Saludos.

      Responder
  5. Bueno tardes me gustaría saber si se puede obligar a un vecino que utiliza gas butano para cocinar a que regule su situación pues lo está utilizando sin contrato ni revisiones
    . gracias

    Responder
    • Buenos días Emilio,

      Decirte que a ningún vecino puede obligársele al uso de gas butano. Deberemos atendernos a las instalaciones concretas.

      Un saludo.

      Responder
  6. Buenas tardes, me gustaría consultar si está permitido en casa el uso de bombonas de butano para el gas en este caso, en un edificio, una comunidad de vecinos con 230 apartamentos aproximadamente. Gracias

    Responder
    • Buenos días Libi,

      Hacerte llegar que el uso de bombonas no requiere de permisos específicos. Su uso comunitario, previa aprobación de la junta de vecinos, es legítimo.

      Un saludo.

      Responder
  7. Es permitido guardar varias bombonas de butano en el cuarto de los contadores de luz? Que casualmente esta bajo la escalera. Si es prohibido me encantaría saberlo por favor.

    Responder
    • Buenos días Patricia,

      Informarte que esta actuación es ilegal. Deben respetarse los parámetros legales de ventilación para evitar riesgos.

      Un saludo.

      Responder
    • Buenos días Aitor,

      No, no deberías tener tres bombonas en total. La normativa de seguridad del gas (Reglamento de Instalaciones de Gas) es muy estricta al respecto. El límite general para una vivienda particular es de dos bombonas (de 12,5 kg, la de butano estándar).

      Un saludo.

      Responder
  8. Hola,

    Vivo en una comunidad de propietarios en la provincia de Tarragona y hay varios propietarios que siguen usando la bombona de gas para cocinar. El problema es que han colocado las bombonas en el patio de luces con una extension (base volátil) de hierro fijada a la fachada y fuera de la terraza del lavadero. Es decir, contiguas a la barandilla de las terrazas pero están ubicadas fuera de ellas en el patio de luces. Esta ubicación de bombona es legal? Más que nada que si un día cede la base volátil (por muy fijada que esté en la fachada), puede explotar en los bajos…

    No hay estatutos.

    Gracias y un saludo,
    J

    Responder
    • Buenas tardes Joaquim,

      La ubicación de las bombonas de gas en las condiciones que describes no es legal y plantea graves problemas tanto desde el punto de vista de la normativa de propiedad horizontal como de la normativa de seguridad industrial y almacenamiento de gas.

      Tanto las fachadas exteriores como los patios de luces son elementos estrictamente comunes del edificio (conforme al artículo 396 del Código Civil y el Llibre cinquè del Codi civil de Catalunya).
      Ningún propietario puede utilizar la fachada o el espacio aéreo del patio de luces —que está fuera de los límites físicos de su propiedad privativa o terraza de lavadero— para instalar soportes, anclajes o estructuras metálicas («bases volátiles»). Cualquier modificación o alteración de la fachada o de los elementos comunes requiere la preceptiva autorización de la Junta de Propietarios. Al no existir estatutos que lo permitan expresamente, colocar este tipo de estructuras sin acuerdo previo vulnera la legislación vigente (en Cataluña, la normativa aplicable de propiedad horizontal prohíbe actos que alteren la configuración o seguridad del inmueble sin el consenso comunitario).

      Las instalaciones de Gases Licuados del Petróleo (butano/propano) están sujetas a estrictas normas de seguridad (Real Decreto de instalaciones de gas y normas UNE) en cuanto a la sujeción y estabilidad, a la acumulación de gases en zonas bajas y las distancias de seguridad. Los envases deben estar en todo momento firmemente estables y protegidos contra caídas y golpes accidentales. El gas butano y propano son más pesados que el aire. En caso de una fuga leve o moderada en un patio de luces (que suele ser un espacio vertical cerrado o semicerrado), el gas tiende a descender y acumularse peligrosamente en las zonas más bajas del edificio (los pisos bajos o el fondo del patio), multiplicando exponencialmente el riesgo de una deflagración o explosión ante cualquier chispa o foco de ignición. Las bombonas situadas en el exterior deben cumplir estrictas distancias respecto a desagües, sumideros, huecos al subsuelo y ventanas de otros vecinos, algo muy difícil de certificar cuando se instalan de manera improvisada colgando hacia el patio.

      Un saludo.

      Responder
  9. Buenos días: se pueden instalar dos bombonas en una caseta correctamente ventilada con la puerta a linea de fachada a la que se accede desde la calle? Gracias.

    Responder
    • Buenas tardes Félix,

      La instalación de una caseta o armario para dos bombonas de gas en la línea de fachada con acceso directo desde la vía pública (la calle) no se puede realizar de forma libre ni unilateral, ya que choca frontalmente con la normativa de seguridad industrial, la legislación urbanística municipal y el régimen de propiedad horizontal.

      El reglamento de gases licuados del petróleo (GLP) exige expresamente que los envases situados en el exterior cuenten con medidas para evitar el acceso libre de personas ajenas. Una puerta que dé directamente a la calle expone las bombonas a manipulaciones indebidas, vandalismo o riesgos de sabotaje, algo inadmisible desde el punto de vista de la seguridad ciudadana e industrial. Al ubicarse en la línea de fachada recayente a la calle, el armario queda totalmente expuesto a impactos accidentales (vehículos, mobiliario urbano o el tránsito peatonal), lo que obligaría a rigidizar estructuralmente el nicho con protecciones mecánicas especiales homologadas que rara vez se permiten en paramentos exteriores públicos.

      La inmensa mayoría de las ordenanzas municipales de edificación y espacio público prohíben terminantemente instalar armarios, contadores o casetas de gas con apertura directa a la acera o vía pública, salvo en los diseños constructivos originales previstos en el proyecto visado del edificio. Alterar la fachada con un habitáculo de estas características requiere preceptivamente una licencia de obras menores y autorización municipal, la cual suele ser denegada por motivos de seguridad pública y estética urbana.

      Conforme al Código Civil y las normativas autonómicas de propiedad horizontal, la fachada exterior del edificio es un elemento común por destino. Cualquier actuación que suponga abrir un hueco, adosar o encastrar una estructura en la fachada altera su configuración exterior, por lo que requeriría la aprobación unánime o por mayoría cualificada de la Junta de Propietarios, además de no contravenir los títulos constitutivos de la finca.

      Un saludo.

      Responder

Deja un comentario

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad y los términos de servicio de Google.

CONTÁCTANOS
*Reunión de asesoramiento 50€

93 108 12 11

Llámanos

Tambien puede interesarte...