Seguro comunidad de vecinos: cómo funciona

En términos de seguridad ante las muchas e imprevistas eventualidades que pueden ocurrir en el día a día de una finca, las comunidades deben proteger a los propietarios/as a través de la contratación de un seguro comunidad de vecinos que, entre otros supuestos, permita asegurar a todos y cada uno/a de los integrantes de la finca ante los daños materiales en casos de incendio, explosiones, derrumbes, daños por agua, robos, sucesos naturales, etc. También que se haga cargo de la responsabilidad civil a terceros cuando el edificio sea el causante del daño.

El seguro de comunidad de vecinos no es obligatorio por normativa estatal, pero sí que hay algunas CC.AA. que obligan a suscribir uno. Es el caso de la Comunidad de Madrid y la Comunidad Valenciana, que exigen que las comunidades estén en posesión de una póliza de riesgos ante incendios y daños a terceros (seguro de Responsabilidad Civil).

En el resto de comunidades como decimos, no hay obligación pero sí una fuerte recomendación de establecerlo.

Por qué un seguro comunidad de vecinos

Como acabamos de mencionar, la no obligatoriedad en la mayoría de CC.AA. de la suscripción de un seguro comunidad de vecinos no es óbice para que sean comunes debido a las importantes coberturas que incluyen.

  • Responsabilidad civil de la comunidad por daños originados a terceros.
  • Cobertura ante eventuales incendios.
  • Cobertura siniestros (averías y otros daños).

A pesar de no ser obligatorio, podría darse el caso de que algún propietario/a exigiese judicialmente la contratación del seguro comunidad de vecinos. Estaría habilitado/a por el argumento de peso de que el seguro comunidad de vecinos da cobertura a las personas de la finca ante la responsabilidad derivada de elementos comunes y demás componentes de las instalaciones de la comunidad.

En el caso de que se opte por la contratación de este seguro comunidad de vecinos, el pago anual del mismo saldrá del fondo de reserva obligatorio que toda administración de una finca ha de tener. Si nuestra comunidad no cuenta con este seguro, cada uno de los propietarios/as deberá contribuir con su parte proporcional acorde a su/s propiedad/es en caso de avería o reparación tras siniestro o accidente.

El hecho de que no sea obligatoria la contratación de un seguro para la comunidad de vecinos, no nos exime de aconsejar encarecidamente desde Abogados Propiedad Horizontal el tener uno. Por estas razones:

  • Responsabilidad Civil de la Comunidad por daños originados a terceros

De vital importancia en caso de daños a terceros. Los propios propietarios/as son entendidos como terceras partes en determinados siniestros como podría ser la rotura de una tubería comunitaria que inundara nuestra vivienda. Aquí la cobertura de la Responsabilidad Civil de la comunidad nos protegería. Del mismo modo, si un desprendimiento de un elemento de la fachada golpea a un viandante o a su coche por ejemplo.

  • Cobertura ante eventuales incendios

Otro aspecto esencial en toda póliza que se suscriba para la protección de la comunidad. Es una cobertura obligatoria que nos cubre de posibles desperfectos causados por el fuego de un incendio, de una explosión, de un sobrecalentamiento o de la caída de un rayo por ejemplo. Este seguro comunidad de vecinos cubriría toda la estructura del edificio, lo que incluye las paredes de nuestra vivienda. Para proteger el contenido de la misma, necesitaríamos un seguro del hogar.

  • Cobertura siniestros (averías y otros daños)

Daños materiales en el edificio o edificios de una comunidad de propietarios son siempre una posibilidad muy real. Hablamos de daños estéticos por ejemplo, o roturas de cristales, desperfectos en zonas comunes como jardines o el hall, y así un sinfín de casos. Suscribir una póliza que nos proteja ante estos supuestos nos ahorrará dinero y preocupaciones. Otros ejemplos de posibles siniestros:

    • Robos
    • Reparaciones urgentes como cerrajería o fontanería
    • Accidentes de empleados/as
    • Realojamiento en caso de necesidad (gastos de alquiler ante viviendas inhabitadas)
    • Gastos derivados de la participación de profesionales capacitados para el arreglo del siniestro (bomberos, fumigadores, limpiadores, etc).

Posibles sanciones

Las responsabilidades legales de no contratar un seguro comunidad de vecinos son inexistentes como venimos apuntado a lo largo del artículo al no ser obligatorio. Sólo podríamos hablar de riesgos, más que responsabilidades, si acaecen en la finca algunos de los supuestos que se han mencionado en el post y que sin una póliza de seguro comunitario dejaría a los propietarios/as en una coyuntura muy delicada.

Sí que se estipulan, sin embargo, graves sanciones económicas para aquellas fincas que no cumplan con la normativa de seguridad coyuntural para los propietarios/as que se exigen en las comunidades autónomas de Madrid y Valencia. Éstas oscilan entre un mínimo de 60.101€ hasta un máximo de 150.253€).

Casos excluidos en el seguro comunidad de vecinos

Las pólizas de las compañías aseguradoras pueden variar unas de otras e incluir o excluir determinadas coberturas según se considere. Es naturalmente obligación de la comunidad de propietarios/as indagar entre las distintas posibilidades que ofrece el sector y elegir la más proporcional a sus intereses.

Generalmente, hay supuestos específicos que ninguna póliza cubre. Éstos serían:

  • Fenómenos naturales como terremotos, huracanes o erupciones volcánicas
  • Caída de cuerpos siderales desde el cielo o espacio exterior
  • Huelgas y manifestaciones
  • Conflictos armados
  • Exposición radiación
  • Comportamiento negligente e intencionado del asegurado

Conclusiones

A través de un seguro comunidad de vecinos, nuestra finca, es decir, nosotros como propietarios/as, tendremos la garantía de tener cubierta la responsabilidad derivada de los elementos, instalaciones y servicios comunes. Consideramos desde Abogados Propiedad Horizontal que es una necesidad imperiosa en beneficio de todos los propietarios/as, y que vale la pena el importe a contribuir por la seguridad y la tranquilidad de la comunidad.

No se debe confundir el seguro de la comunidad con el seguro del hogar que casa particular puede tener en su vivienda. Es habitual toparnos con el maltentendido de los usuarios que no entienden por qué deben aportar en la reparación de un siniestro cuando ellos ya tienen su seguro particular de hogar. Éste no cubre los elementos comunes de la finca, esa es la razón.

5 comentarios en «Seguro comunidad de vecinos: cómo funciona»

  1. Hola, tengo un problema de filtacion de agua de la bajante que mi seguro me ha dicho que es tema de la comunidad.Mi pregunta es la siguiente:El seguro de comunidad actua igual que el de hogar a efectos de mandar un perito o persona para que lo revise y detecte el problema?, por que me dicen desde el Administrador de fincas que no funciona igual.

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    • Buenos días Natalia,

      Con carácter habitual, recomendamos dar parte a tu seguro y que entre seguros se entiendan y reclamen. Es la forma más eficaz.

      Un saludo.

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  2. Hola, somos una comunidad de propietarios de 3 vecinos, aunque no estamos constituídos como tal. Uno de los propietarios no se hace cargo de su parte del pago del seguro comunitario. ¿Existe la posibilidad de excluirlo a él y a su vivienda del seguro? Gracias

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    • Buenas tardes María José,

      Atendiendo a la consulta que nos planteas, decirte que NO es posible su exclusión. Lo que deberá hacer la comunidad es instar reclamación contra él para el pago de lo debido.

      Un saludo.

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